Especialistas en la Ciudadanía Judicial y Factibilidad
Somos un estudio integral con 30 años de trayectoria que te otorga la posibilidad de investigar tus orígenes reconstruyendo el Árbol Genealógico de tu Familia.
Es nuestra especialidad buscar a tus antepasados italianos y organizar la documentación para que puedas tramitar tu pasaporte al mundo.
Nuestro objetivo es ayudarte a resolver tus problemas para que lo puedas obtener. Brindamos asistencia y asesoramiento parcial o completo.
La ciudadanía italiana se otorga sin límites de generaciones
De acuerdo con la ley N. 91 de 1992, el hijo de padres Ciudadanos Italianos también es italiano, aunque haya nacido en el extranjero. Por lo que, los descendientes varones de emigrantes italianos pueden ser declarados Ciudadanos Italianos por filiación. Por otro lado, la transmisión por línea materna, sólo es posible para los niños nacidos después del 1 de enero de 1948.
Podés tramitar la ciudadanía de tres maneras:
Presentando la documentación en el consulado de Italia en Santiago.
Vía judicial.
Presencial en Italia.
Los requisitos generales para empezar son:
Asegurarte de tener un antepasado italiano.
Demostrar que la cadena de transmisión de la Ciudadanía no se haya interrumpido, lo cual es confirmado mediante el Registro Civil de Chile y/o Archivo Nacional.
A partir de allí, nosotros te facilitamos la localización de las actas correspondientes para realizar el trámite.
Si no sos italiano te invitamos a consultar toda la información necesaria para poder serlo:
Directora, Fundadora y Traductora Oficial de Scelto.
Néstor Rizzi
1951 – 2025.
María Leticia Rizzi
Coordinadora de operación.
Guido Rizzi
Coordinador comercial.
María Luz Barberis
Administración y presupuestos.
Valentina Asis
Atención al italiano y trámites consulares.
Judith Moio
Traducción y corrección de documentos.
Ariadna Rosales
Analista de operaciones.
La ciudadanía italiana
se otorga sin límites
de generaciones
De acuerdo con la ley N. 91 de 1992, el hijo de padres Ciudadanos Italianos también es italiano, aunque haya nacido en el extranjero. Por lo que, los descendientes varones de emigrantes italianos pueden ser declarados Ciudadanos Italianos por filiación. Por otro lado, la transmisión por línea materna, solo es posible para los niños nacidos después del 1 de enero de 1948.